Safe Harbor — Compromiso de AlySec con quien investiga — BORRADOR
⚠️ BORRADOR pendiente de revisión legal. Redactado por el equipo técnico
como punto de partida. No publicar ni entregar a ningún investigador sin la
revisión y el ajuste de un abogado colegiado en Perú.
Es un compromiso jurídico real: al firmarlo, AlySec renuncia a accionar contra
alguien que ataca sistemas que no son suyos. Su eficacia depende por
completo de que el titular de esos sistemas haya asumido el mismo compromiso
en la Adenda de Bug Bounty. Sin esa adenda firmada,
este documento sólo obliga a AlySec y no protege al investigador frente a
quien de verdad podría denunciarlo: el cliente.
1. A quién protege
A la persona acreditada en el programa privado de AlySec que, en una
investigación concreta:
- se mantiene dentro del alcance que AlySec le comunique por escrito al
darle acceso a ese programa (es un programa privado: el alcance no es
público, se entrega a cada persona acreditada),
- cumple las diez reglas de enganche —cinco
permitidas (
P1–P5) y cinco prohibidas (X1–X5)—, y
- reporta el hallazgo a AlySec y a nadie más, antes de divulgarlo.
Las tres condiciones son acumulativas. Quien se sale de cualquiera de ellas
queda fuera de este compromiso desde ese momento, aunque el resto de su trabajo
haya sido impecable.
2. Qué se compromete AlySec
Mientras se cumplan las condiciones del punto 1:
- No iniciaremos ni promoveremos acciones legales contra ti por esa
investigación, ni penales bajo la Ley N.º 30096 (mod. Ley N.º 30171)
ni civiles por daños.
- Consideramos tu actividad autorizada. Existe consentimiento documentado y
con fecha del titular del sistema, y tu acreditación consta en nuestra
bitácora. No es acceso no autorizado.
- Si un tercero acciona contra ti —el titular, un proveedor de hosting, un
operador de infraestructura— te lo comunicaremos sin demora y te
entregaremos la constancia de tu acreditación, del alcance vigente y de la
autorización firmada que amparaba la prueba, para que puedas aportarla.
- Responderemos todos tus reportes, se acepten o no, y te daremos el motivo
por escrito cuando se descarten.
- No te pediremos silencio indefinido. Puedes divulgar conforme al plazo de
la regla 5: cuando el hallazgo esté remediado o a los 90 días de tu reporte,
lo que ocurra primero.
- No condicionaremos este compromiso a que aceptes un acuerdo posterior, ni
a que renuncies al crédito por el hallazgo.
3. Qué NO cubre, dicho claro
Este documento no es un permiso general. No te protege si:
- Actúas fuera del alcance que se te comunicó, incluida la infraestructura de terceros
que la aplicación utilice (proveedores de nube, pasarelas de pago, CDN). Esos
sistemas no son del titular y el titular no puede autorizarlos.
- Accedes, descargas o conservas datos de personas reales, aunque sea para
demostrar el hallazgo. Demuéstralo con tus propias cuentas de prueba y detente
en cuanto quede demostrado.
- Causas denegación de servicio, degradación o pérdida de datos.
- Recurres a ingeniería social o acceso físico.
- Divulgas antes de tiempo, o negocias la no divulgación a cambio de algo.
Tampoco es asesoramiento legal, ni renuncia a derechos de terceros que no han
firmado nada, ni te exime de la ley penal frente al Ministerio Público si tu
conducta excede lo autorizado. Un compromiso privado no despenaliza nada: lo
que te protege es que la conducta esté efectivamente autorizada por el titular.
4. Si algo sale mal sin querer
Pasa. Si durante una prueba accedes a datos reales sin buscarlo, provocas una
caída o te das cuenta de que te saliste del alcance:
- Para de inmediato.
- Escríbenos en el mismo día, contando qué pasó y qué viste.
- No conserves nada. Borra lo que hayas descargado y dinos qué borraste.
Avisar de buena fe y a tiempo mantiene el compromiso del punto 2. Ocultarlo
lo rompe. Esta cláusula existe porque un error honesto no debería costarte una
denuncia, y porque nos interesa más enterarnos que castigarte.
5. Vigencia
- Este compromiso aplica desde tu acreditación y por cada programa al que se te
dé acceso.
- Si lo modificamos, la versión que te aplica es la vigente el día de tu
reporte, nunca una posterior.
- Si el titular de un programa revoca su autorización, te lo comunicaremos y el
alcance se cierra; lo ya reportado sigue amparado.
Versión del documento: 2026-09-v1-BORRADOR. Debe registrarse junto con la
acreditación del investigador en la bitácora (researcher_admitted).